La ITEAF es la Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios. Tiene como objetivo revisar el funcionamiento de los equipos o aperos utilizados en la aplicación de productos fitosanitarios.
Equipos que deben pasar la ITEAF
Todos los equipos de aplicación de fitosanitarios mencionados están obligados a pasar la ITEAF:
- Pulverizadores Hidráulicos (De barras y pistolas).
- Nebulizadores o Pulverizadores Neumáticos.
- Atomizadores o Pulverizadores Hidroneumáticos.
- Espolvoreadores
- Equipos de Aplicación en Instalaciones Permanentes.
- Equipos de aplicación aéreos.
Excepciones: Mochilas pulverizadoras y Equipos arrastrados de -100 litros.
¿Qué elementos se inspeccionan?
Los elementos que las personas autorizadas en la inspección revisan son boquillas, tubos y mangueras, la barra de pulverización, el sistema de medida, regulación y control, así como los elementos de transmisión de la potencia y distribución.
¿Cada cuánto tiempo se pasa la ITEAF?
De forma general para todos los equipos la periodicidad de las inspecciones debe ser cada 3 años. Todavía sigue existiendo algunas dudas sobre la periodicidad de estas inspecciones, ya que anteriormente a 2020 había ciertos casos en los que en vez de 3 años eran 5. Era el caso de equipos nuevos y agricultores individuales que podía hacer la revisión cada 5 años.
¡Actualmente es Obligatorio cada 3 años en todos los casos!
¿Qué más debo saber?
- El equipo debe estar inscrito en el ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agrícola).
- La ITEAF es válida en todo el territorio nacional.
- El Titular o Usuario de la Maquinaria recibirá el Certificado de la inspección (Favorable o Desfavorable). Se recibirá la notificación favorable cuando la maquinaría no tenga defectos graves y desfavorable cuando si contenga defectos graves. En el caso de obtener un certificado de Inspección desfavorable se debe rectificar los fallos y la maquinaría no puede ser utilizada hasta su reparación.
- El precio de la inspección varía de cada localidad y empresa, así que te recomendamos pedir presupuesto antes de llevarnos un susto.
Fuente: Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, en el que se incluyen tanto los equipos que deben ser revisados, la periodicidad de las revisiones y quien está autorizado a realizarlas. Además, se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Directiva (UE) 2019/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo.
Por aquí os dejamos el enlace del Real Decreto: