El pasaporte fitosanitario permite defender los cultivos contra los daños que puedan producir determinadas plagas y enfermedades. Por lo tanto, es un mecanismo que prohíbe el comercio y movimiento de determinados vegetales que tienen alto riesgo de transmitir estas plagas a otras zonas.
¿Qué es el pasaporte fitosanitario?
El pasaporte fitosanitario es un documento que acredita que los vegetales, productos vegetales y otros productos no contienen plagas ni enfermedades. Este pasaporte permite el movimiento de estas especies vegetales dentro de todo el territorio de la UE, respetando y cumpliendo las normas y requisitos mínimos en sanidad vegetal.
Es una garantía que certifica de forma oficial que estos productos están libres de plagas cuarentenarias y que cumple con unos niveles mínimos de tolerancia en plagas reguladas no cuarentenarias (RNQPs).
Productos que deben llevar Pasaporte Fitosanitario
Los productos vegetales que están obligados a utilizar el pasaporte fitosanitario están regulados por la normativa europea sobre las medidas de protección contra las plagas:
- Todos los vegetales destinados a plantación (viñedo, castaño, manzano, etc.)
- Hortícolas como el pimiento, cebolla, judía, guisante, tomate, haba y puerro.
- Semilla de arroz y patata de siembra.
- Semilla de alfalfa forrajera.
- Frutales de hueso y pepita como el almendro, melocotonero, cerezo, ciruelo, albaricoquero, guindo y ciruelo japonés.
- Frutos de Citrus, como el propio naranjo, el naranjo espinoso y la Fortunella.
- Madera obtenida total o parcialmente del nogal, Platanus L. y Pterocarya L.
- Oleaginosas y textiles como la soja, girasol, lino, mostaza blanca, canola, nabo o col china.
Para consultar la lista completa de especies vegetales que están obligadas a tener el pasaporte fitosanitario se encuentran en el Anexo XIII del Reglamento de ejecución (UE) 2019/2072.
¿Cómo obtener el pasaporte fitosanitario en España?
Para emitir un pasaporte fitosanitario hay que ser un operador profesional y estar registrado en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG).
A pesar de que el pasaporte fitosanitario es de obligado cumplimiento para los productores, comerciantes e importadores de estos productos vegetales, el pasaporte fitosanitario no se exige si el producto vegetal se suministra directamente al usuario final, siempre y cuando no se envíe a determinadas zonas protegidas.
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