La concentración parcelaria supone la reorganización de la propiedad agraria en aquellas zonas en las que el tamaño y dispersión de las parcelas en ineficiente.
Este fenómeno de concentración parcelaria lleva realizándose desde 1952 cuando se creó su primera norma. En la actualidad la Ley que regula la Concentración parcelaria en España es la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
¿Qué es la Concentración parcelaria?
La concentración parcelaria es el procedimiento que permite reorganizar la propiedad rústica, de tal forma que se agrupan las parcelas para facilitar su cultivo.
En primer lugar, se aportan las fincas de cada propietario y se reorganizan las parcelas en propiedad. Posteriormente se adjudican de nuevo las parcelas con una superficie suficiente en función de la aportación de cada propietario.
Beneficios de la Concentración parcelaria
La concentración parcelaria tiene como finalidad crear explotaciones de estructura y dimensiones adecuadas que mejoren la rentabilidad de sus propietarios. Entre otras cosas permite mejorar los siguientes:
- Se adjudica a cada propietario un conjunto de parcelas unidas y próximas con el valor equivalente a las parcelas que ha aportado.
- Se reducen los desplazamientos, en vez de ir a 4 parcelas pequeñas, ahora sólo tienes que ir a una grande.
- Aumenta la posibilidad de transmisión de la tierra, ya sea por herencia, venta o arriendo.
- Se mejora el uso de las infraestructuras y de la maquinaria agrícola.
- Se aumenta el valor de las explotaciones al minimizar su dispersión.
- Se da acceso a las fincas mejorando y creando nuevos caminos.
- Se suprimen las fincas que son antieconómicas o se aumenta su superficie.
- Se genera inversión pública en el medio rural mediante la concentración parcelaria.
Sin duda alguna, el progreso económico y agrario de una comarca agrícola o de un municipio está unido o puede ser favorecido por el proceso de concentración parcelaria.
Beneficios de la Concentración parcelaria
La normativa vigente en relación a la concentración parcelaria es la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario que regula la CP en sus artículos 171 y siguientes. Sin embargo, son bastantes las comunidades autónomas que tienen competencias propias y han regulado la concentración parcelaria con normas propias, pero muy similares a estas.
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